• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 2531/2021
  • Fecha: 25/11/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J.DELITO DE ABUSO SEXUAL.MOTIVOS: PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. VALIDEZ DE LA DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA. ATENUANTES DE EMBRIAGUEZ Y DILACIONES INDEBIDAS.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 20916/2021
  • Fecha: 25/11/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto Archivo Querella o Denuncia
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: INES MARIA HUERTA GARICANO
  • Nº Recurso: 4675/2021
  • Fecha: 25/11/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto de admisión; determinar sí el informe del Ministerio de Industria, Energía y Turismo a que se refiere el artículo 35 de la Ley General de Telecomunicaciones es preceptivo en la aprobación de una ordenanza municipal reguladora de aspectos materiales relativos al paisaje urbano. A este respecto, la sentencia recurrida declaró la nulidad de pleno derecho de la ordenanza por ausencia del informe previsto en el artículo 35.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, considerando que el informe previo preceptivo que se regula en dicho precepto no se refiere sólo a los instrumentos de planificación definidos como tales por las leyes urbanísticas, sino que abarca también al conjunto de normas o disposiciones que establecen exigencias o determinaciones de obligado cumplimiento para ordenar el paisaje urbano en aspectos concretos específicos y que, como tales, han de calificarse como instrumentos de planificación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 4089/2020
  • Fecha: 24/11/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: VERIFICALITAS SL. Cómputo del plazo para entender estimada por silencio administrativo la petición formulada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
  • Nº Recurso: 49/2021
  • Fecha: 22/11/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Desestimación de la solicitud de declaración de terminación del proceso por reconocimiento de las pretensiones de la recurrente en vía administrativa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 157/2021
  • Fecha: 18/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La empresa Atos IT Solutions promovió ERTE con fundamento en el art. 47 ET y art. 23 RDL 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, terminando el periodo de consultas con acuerdo. CGT presentó demanda solicitando la nulidad del ERTE y subsidiariamente la declaración del mismo como no ajustado a derecho. Por sentencia de instancia se desestimó la demanda. La Sala 4ª confirma dicha sentencia, por entender: 1) Que se expresa desacuerdo en la forma de apreciación de la prueba, pero no se solicita la modificación fáctica; 2) Que no se menciona norma infringida respecto del segundo motivo, incumpliendo el art. 210.2 LRJS, ya que se realiza una mención genérica al art. 17 del Reglamento de los procedimientos de despido colectivo, sin concretar qué documentación no se acompañaba, además de que se invocan sentencias de la AN
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 178/2021
  • Fecha: 18/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se confirma la sentencia de instancia que desestimó la demanda de conflicto colectivo en que se solicitaba que se reconociera el derecho a cobrar la diferencia entre la cuantía de las prestaciones por desempleo y el salario que hubieran percibido en condiciones normales, por entender la Sala 4ª, ante la cuestión de si hay que resarcir por el perjuicio que ha causado en los trabajadores la medida se suspensión de sus contratos, puesto que perciben por prestaciones por desempleo menos de lo que percibirían trabajando, que ello no puede acogerse, ya que aunque se ha declarado por STC 148/2021, la inconstitucionalidad de determinadas medidas contempladas en el RD 463/2020, que declaró el estado de alarma, ello no afecta a la cuestión ahora suscitada, además de que la cuestión ya fue resuelta por la STS (Pleno) 83/2021, 25-01-2020 (Rec. 125/2020), en que se determinó que la solicitud de restablecimiento del equilibro económico del contrato público suspendido no constituye una medida prioritaria, alternativa y excluyente de la posibilidad de acudir a un ERTE por fuerza mayor para suspender los contratos de trabajo, ya que ni el art. 22 RDL 8/2020 excluye a las empresas contratistas del sector público de su ámbito de aplicación, ni el art. 34 RDL 8/2020 impide a estas empresas adoptar las medidas laborales oportunas, siendo preceptos distintos y complementarios, y si no han existido costes salariales de Seguridad Social no se puede instar el reequilibrio por dicha causa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 81/2021
  • Fecha: 18/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala Cuarta confirma la nulidad de la medida adoptada por la mercantil consistente en suprimir parte de los tickets restaurantes durante el periodo de confinamiento como consecuencia de la declaración de estado de alarma con la crisis sanitaria de la Covid-19. Tras entender que la sentencia de la A. N no incurre en incongruencia, recuerda que la naturaleza extrasalarial de los mencionados tickets no excluye la aplicación del art. 41 ET. Examina la medida y concluye que la modificación incumbía a un amplio espectro de trabajadores (5000), que en sus albores era indeterminada, aunque luego se concretó en un mes y medio, y que en la evaluación económica del periodo resultante tampoco se manifiesta inocua, pues los tickets en litigio habían pasado a integrar y consolidarse en la estructura retributiva en virtud de Acuerdos entre la empresa y los representantes de los trabajadores, por lo que no incide la naturaleza indemnizatoria de los mismos. Otorga relevancia asimismo a que la empresa nada refiera ni ofrezca en su recurso acerca de las eventuales compensaciones de la medida en cuestión. En consecuencia, la decisión empresarial exigía cumplimentar las previsiones del art. 41 ET y su omisión provoca inexorablemente su nulidad. Aplica doctrina: SSTS, Sala de lo Social, Pleno, 15/07/2021, (rec. 74/202); 14/09/2021, (rec. 2/2020); 29/06/2017, (rec. 186/2016).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 4857/2018
  • Fecha: 17/11/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: HIPOTECA TRANQUILIDAD. NULIDAD DE LAS CLÁUSULAS DE AMORTIZACIÓN E INTERÉS REMUNERATORIO. Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación por interés casacional contra sentencia recaída en juicio ordinario tramitado en atención a la materia (condiciones generales de la contratación). Inadmisión del recurso de casación por falta de acreditación de la existencia de interés casacional (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC) por resolución de otros recursos sustancialmente iguales en sentido contrario al pretendido por el recurrente.- La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (disposición final 16.ª, apartado 1 y regla 5.ª, párrafo segundo, de la LEC).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RICARDO BODAS MARTIN
  • Nº Recurso: 1382/2021
  • Fecha: 16/11/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: EXTINCIÓN DEL CONTRATO EX ART. 50 ET. EMPRESA PARTICIPADA AL 100 % POR AYUNTAMIENTO Y QUE DEPENDE DE LAS SUBVENCIONES DE ÉSTE. IMPAGO DE SALARIOS POR NO APROBARSE RENOVACIÓN SUBVENCIÓN DURANTE ESTADO DE ALARMA POR COVID-19. NO PROCEDE LA EXTINCIÓN. SE DISCUTE EN CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO. FALTA DE CONTRADICCIÓN.

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